SCJN ordena a Congreso legislar para emitir código nacional en materia civil y familiar

Por Milenio

Feb 10, 2022

La Suprema Corte ordenó al Congreso de la Unión legislar en este tema desde 2017 y ahora propuso que homologuen las leyes generales y federales que así lo requieran antes del próximo 15 de diciembre.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo, sentencia que ordenará al Congreso de la Unión que discuta y expida una legislación única que aplique a nivel nacional en materia de procedimiento civil y familiar.

Por unanimidad, los ministros avalaron el proyecto de su homólogo Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso otorgar la protección de la justicia a la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, tras reclamar que existe una omisión legislativa en el tema.

El 15 de septiembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma constitucional que ordenó al Congreso de la Unión expedir en un plazo de 180 días el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, pero esto no se ha llevado a cabo.

A nivel nacional, casi el 40 por ciento de los asuntos judiciales tienen que ver con casos de materia familiar, como divorcios, guarda y custodia de los hijos, por citar algunos, mientras que 30 por ciento corresponden a asuntos civiles, es decir, temas de herencias, arrendamientos y protección a la propiedad, entre otros.

Los efectos que tiene el amparo es ordenar al Congreso de la Unión que cumpla con las obligaciones establecidas en los artículos segundo y cuarto transitorios del Decreto de la reforma constitucional consistentes en expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar, y adecuar las leyes generales y federales que así lo requirieran al nuevo contenido de los artículos 16 y 17 constitucionales.

“El Congreso no puede esperar que su absoluta inacción se valore como el cumplimiento de un mandato constitucional. El Poder Constituyente pretendió, al menos, que se realizara un proceso de revisión por parte del Congreso para cumplir cabalmente los nuevos contenidos de los artículos 16 y 17 constitucionales. Ese proceso de revisión ha sido completamente inexistente”, detalla el proyecto.

Por lo que hace al plazo de cumplimiento de estas obligaciones, el ministro propuso que se legisle sobre el tema antes de que finalice el siguiente periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, es decir, antes del 15 de diciembre de 2021.

Artículos relacionados